Guía para declarar la venta de una propiedad heredada
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ToggleVender un inmueble que se ha recibido en herencia conlleva diversas obligaciones fiscales y administrativas que a menudo pasan desapercibidas. No es suficiente con firmar la escritura de compraventa: hay que cumplir, como mínimo, con tres tributos diferentes, cada uno regido por plazos y organismos propios.
1. Tributos principales implicados
Tributo | ¿Cuándo debe satisfacerse? | Particularidades relevantes |
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Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones | Satisfacerse poco después del fallecimiento | El importe depende del valor del bien heredado, el grado de parentesco y la normativa autonómica. |
Plusvalía municipal (IIVTNU) | Se auto-liquida tanto al recibir el inmueble como al transmitírselo | Se aplica sobre el incremento del valor del suelo urbano y permite elegir entre un método estimativo o uno basado en valores reales. |
IRPF por ganancia patrimonial | Se declara en la renta correspondiente al año posterior a la venta | Tributa en la base del ahorro con tipos progresivos, de acuerdo con el beneficio obtenido. |
Consejo : los tres impuestos operan de modo independiente; es imprescindible llevar un control de plazos para evitar recargos o sanciones.
2. Cálculo de la ganancia patrimonial
Para determinar el beneficio sujeto a IRPF es necesario restar, al precio de venta neto, el valor de adquisición. Éste último incluye:
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El valor asignado al bien en la herencia (sin exceder al de mercado).
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Los gastos y tributos satisfechos por aceptarlo (escritura, registro, gestorías…).
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Las inversiones o mejoras hechas en el inmueble antes de venderlo.
Del precio de transmisión se pueden deducir honorarios de agencia, costes notariales y otros gastos asociados a la operación. El resultado tributa de acuerdo a unos porcentajes crecientes: los primeros tramos soportan un gravamen más bajo, que aumenta progresivamente a medida que crece la ganancia.
3. Declaración a la renta
La venta se inscribe en el apartado de “Ganancias y pérdidas patrimoniales” de la declaración anual. Cada heredero declara la parte proporcional que le corresponde, indicando la referencia catastral del inmueble y demás datos requeridos en el modelo estándar.
4. Exenciones habituales
Algunas circunstancias permiten reducir —o incluso eliminar— la tributación sobre la ganancia:
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Reinversión en vivienda habitual : si el ingreso obtenido se destina a adquirir un nuevo domicilio permanente dentro de un período de tiempo determinado, la parte reinvertida puede quedar exenta.
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Contribuyentes de edad avanzada : la normativa prevé ventajas fiscales para propietarios que superan una determinada edad cuando vienen el piso donde han vivido habitualmente.
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Dación en pago o ejecución hipotecaria : las ganancias derivadas de estas operaciones pueden gozar de exención cuando concurren requisitos de protección a deudores en situación vulnerable.
5. Buenas prácticas para evitar sorpresas
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Reúne toda la documentación : escritura de aceptación de herencia, justificantes de gastos, recibos de tributos liquidados, certificados catastrales, etc.
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Controla los plazos : la mayor parte de cargas fiscales disponen de períodos breves de presentación o liquidación.
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Valora asesoramiento profesional : un fiscalista puede optimizar la tributación y detectar posibles exenciones.
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Planifica las mejoras : ciertas reformas incrementan el valor de adquisición y reducen la ganancia sujeta a IRPF.
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Conserva los comprobantes : Hacienda puede requerir justificantes durante varios años después de la venta.
Gestionar la venta de un inmueble heredado implica combinar normativa sucesoria, tributos municipales e IRPF. Una buena planificación, junto al apoyo de un profesional especializado, garantiza que la operación se cierre con la menor carga fiscal posible y sin imprevistos con la Administración.